El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) ya tiene disponible en su web, como parte de sus documentos “Cuadernos del CGCOM” una publicación que recoge el balance de los datos de las agresiones que han sufrido los médicos y médicas en España en el ejercicio de su profesión a lo largo de estos 10 años de vida del Observatorio Nacional de Agresiones.

A lo largo de 164 páginas, el documento se compone de diferentes apartados que recopilan la labor del Observatorio Nacional de Agresiones desde que se puso en marcha en 2010 hasta el 2020. De esta manera, está compuesto por los epígrafes de introducción, terminología, Agresiones: origen y evolución del problema, procedimientos, recomendaciones, abordaje de situaciones difíciles: entrevista clínica, seguro de defensa y protección por agresión, agresiones comunicadas a los Colegios de Médicos en 2020, otros datos, sentencias judiciales, conclusiones finales, manifiesto, historia y galería de fotos de estos 10 años.

Esta publicación liderada por el Dr. José María Rodríguez Vicente, secretario general del CGCOM; ha contado como autores con los doctores Mª Rosa Arroyo, vicesecretaria general del CGCOM; y José Alberto Becerra, ex coordinador del Observatorio; y los miembros del Observatorio Dr. José Manuel Bendaña, secretario general del COM Ourense, Dr. Gaspar Garrote, coordinador nacional del Observatorio y secretario general del COM Cádiz; Dr. Manuel Muñoz García de la Pastora, presidente del COM Ávila; la Dra. Rosa Mª Marín, secretaria general COM Córdoba; y Dr. Luis Alfonso Pérez Gallego secretario COM Zamora; entre otros.

El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado varias disposiciones del Real Decreto de medidas laborales y fiscales por el que, entre otros aspectos, el Gobierno integró la gestión de Clases Pasivas del Estado a la Seguridad Social. Precisamente, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) elaboró y presentó en Asamblea un informe sobre el cambio de régimen normativo de clases pasivas del Estado.

Según ha informado el sindicato CSIF en un comunicado, la sentencia del TC señala que "el Gobierno hizo un mal uso del real decreto" pues "el traspaso a la Seguridad Social no reunía los requisitos de urgente y extraordinaria necesidad".
 
En este contexto, el sindicato explica que solicitó al Ministerio de Seguridad Social "una aclaración sobre las consecuencias de dicho traspaso de gestión" por una "situación generó una gran incertidumbre en el colectivo de funcionarios", que vieron "recortados sus derechos de pensión" y que ha provocado "una oleada de jubilaciones anticipadas".
 
El PP presentó ante el Pleno del Tribunal Constitucional un recurso, que fue admitido a trámite el pasado mes de julio y que estaba pendiente de resolución. El decreto se tramitó finalmente como proyecto de ley, por lo que admitirá enmiendas. CSIF ha hablado con las formaciones del Congreso y entre las enmiendas presentadas se encuentra la denuncia del sindicato y del PP de que no existía "urgente y extraordinaria necesidad" para aprobar un decreto que ni siquiera se negoció con los sindicatos.

El Tribunal Supremo ha establecido mediante sentencia que el ámbito de la medicina estética corresponde a la profesión médica y no a la de enfermeros, y por tanto es a los primeros a los que corresponde la planificación y la aplicación quirúrgica y no quirúrgica con la finalidad de mejora estética corporal, facial o capilar.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso ha rechazado el recurso de casación que presentó el Consejo General de Enfermería contra la sentencia del TSJ de Madrid que anuló la Resolución 19/2017 del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería, por la que se ordenaba aspectos del ejercicio profesional de estos profesionales en el ámbito de los cuidados corpo-estéticos y de la prevención del envejecimiento para la salud.

Esta sentencia, que refrenda el posicionamiento de los Servicios Jurídicos del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), analiza la regulación de las profesiones sanitarias por la que se distinguen las funciones que realizan el personal médico y el de otras profesiones sanitarias. El tribunal explica que estas funciones no son las mismas, ni siquiera homologables, pero que ambas resultan esenciales por su complementariedad para la protección de la salud de los pacientes. Por ello, resuelve que el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería no puede desconocer esa delimitación de funciones en el ámbito de los cuidados corpo-estéticos y de la prevención del envejecimiento para la salud.

La Vocalía de Médicos Jóvenes se ha posionado en contra del actual sistema de adjudicación de plazas de formación sanitaria especializada y reclama al Ministerio de Sanidad más diálogo y un trabajo conjunto que recoja el sentir y necesidades de la profesión médica, así como un nuevo modelo de adjudicación de plazas más seguro y en tiempo real.

Ante la resolución de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad por la que se convocan los actos de adjudicación de plaza correspondientes a las pruebas selectivas 2020 para el acceso en el año 2021, a plazas de formación sanitaria especializada, la Vocalía Nacional de Médicos Jóvenes y Promoción de Empleo del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) expone lo siguiente:
 
El nuevo equipo directivo que compone la Dirección General de Ordenación Profesional vuelve a caer en errores cometidos en etapas anteriores al implementar un sistema de elección de plazas alejado del sentir de la profesión médica y sus representantes.

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