Los cuidados paliativos incrementan la calidad de vida de las personas con enfermedades avanzadas y sin opciones de tratamiento curativo. Los beneficios de esta atención específica se obtienen a través del control de los síntomas, ya sean físicos (dolor, disnea, vómitos…) o emocionales (miedo, rabia, tristeza, deseos de adelantar la muerte, etc.); del soporte social y el apoyo espiritual (el significado de la persona y su trascendencia) y de la planificación anticipada de la atención.

Aunque existen dificultades para calcular de forma precisa la población susceptible de recibir este tipo de asistencia, ya en la Estrategia de Cuidados Paliativos del SNS se indicaba que entre un 20 y un 25% de las personas que fallecen anualmente en nuestro país precisan atención paliativa. Sin embargo, y a pesar de la evidencia demostrada sobre su efectividad, más de 80 000 enfermos mueren cada año sin acceder a ella.
 
“Una de las razones estructurales de esta precariedad en el acceso a los cuidados paliativos en España, aunque no la única, es la falta de reconocimiento de una especialidad o superespecialidad en el ámbito de conocimiento de los cuidados paliativos, que suponen lo más propio del “cuidar” y deben satisfacer las necesidades del enfermo en cualquier sitio en el que se encuentre, ya sea en su casa, en un hospital o en un centro residencial”, explica el Dr. Juan Pablo Leiva, presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL). Por ello, defiende, la capacidad de ofrecer una respuesta estructurada al sufrimiento humano relacionado con el proceso de morir “debería estar presente en todos los niveles de la asistencia sanitaria: atención primaria y hospitalaria y servicios de urgencias”.

El Ministerio de Sanidad incrementará un 3,8% la oferta de plazas de Formación Sanitaria Especializada (FSE) para la convocatoria 2021/2022 respecto a la anterior. La Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud ha informado hoy de que por tercer año consecutivo se fijará la mayor oferta de la historia.

En total serán 10.634 plazas. Para la titulación de Medicina, 8.188 (+2,5%); para Enfermería, 1.822 (+8,3%); para Farmacia, 309 (+15,7%); para Psicología, 204 (+3%); para Biología, 46 (-8%); para Física, 43 (+7,5%) y, para Química, 22 (se mantiene igual).
 
Las plazas reservadas para personas con discapacidad serán 744, el 7% del total. Por su parte el cupo para aspirantes extracomunitarios sin permiso de residencia, trabajo o estudios es de hasta 327 plazas en la titulación de Medicina (4%), 9 para Farmacia (3%) y 36 para Enfermería (2%).
 
Cabe destacar que se incorporan por primera vez ocho plazas en el sistema formativo de residencia de la especialidad de Medicina Legal y Forense. Se trata de una especialidad que se va a requerir para el acceso al Cuerpo de Forenses.

FUENTE: medicosypacientes.com

Ante el debate generado por la posible incorporación del concepto violencia obstétrica en la reforma planteada por el Ministerio de Igualdad del Gobierno español de la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (ley del aborto), la Sociedad Catalana de Obstetricia y Ginecología (SCOG) y el Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña (CCMC) emitieron ayer un comunicado conjunto en el que expresan su posición.

Más allá del debate en torno al término violencia obstétrica (reconocido por instituciones como Naciones Unidas) y de la incomodidad que genera entre muchos profesionales de la salud, la SCOG y el CCMC recuerdan que el objetivo de los profesionales siempre es velar por la salud y por el bienestar de las personas, lo que incluye, en este caso, el compromiso de hacer autocrítica y revisar la mirada hacia la salud sexual y los procesos reproductivos de las mujeres y hacia la práctica asistencial para mejorarla.
 
Este compromiso incluye la sensibilización y la formación de los profesionales, así como la divulgación y la promoción de un debate social constructivo.

El Comité de Bioética de España ha aprobado un informe sobre la objeción de conciencia en relación con la prestación de la ayuda para morir reconocida en la reciente Ley Orgánica reguladora de la eutanasia.

El Informe ha sido aprobado por unanimidad de sus miembros presentes en su reunión plenaria de 15 de julio de 2021, es decir, todos los miembros del Comité, salvo dos de ellos que no pudieron estar presentes por causa justificada, una de las cuales, emitió voto íntegramente favorable al Informe por correo electrónico, y la otra ausente ha emitido voto particular concurrente, por el que asumiendo gran parte de los planteamientos y desarrollo argumental del Informe, discrepa de aspectos que considera fundamentales.
 
Este Informe, como el de fecha 6 de octubre de 2020 sobre el final de la vida (Informe sobre el final de la vida y la atención en el proceso de morir, en el marco del debate sobre la regulación de la eutanasia: propuestas para la reflexión y la deliberación), ha sido elaborado al amparo de la segunda de las funciones del Comité establecidas por el artículo 78.1 de la Ley 14/2007, de 3 de julio, de investigación biomédica: “Emitir informes, propuestas y recomendaciones sobre materias relacionadas con las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina y Ciencias de la Salud que el Comité considere relevantes”.

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