El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó recientemente la resolución de 21 de diciembre de 2018, de la presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte. La principal novedad es que el texto actualiza la descripción de las autorizaciones de uso terapéutico de sustancias prohibidas

El objetivo es adecuar la anterior lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte a la lista adoptada en el seno de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO.

Además, del carácter técnico de la misma, el Dr. Pedro Manonelles, presidente de la Sociedad Española de Medicina del Deporte, explicó a esta publicación que actualiza la descripción de las autorizaciones de uso terapéutico de sustancias prohibidas.

Un estudio llevado a cabo por la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha puesto de manifiesto que la industria del aceite de palma está implementando tácticas similares a las de las industrias del alcohol y el tabaco para influir en la investigación relacionada con los efectos en la salud de este producto

"La relación entre las industrias de aceite de palma y alimentos procesados, y las tácticas que emplean, se asemejan a las prácticas adoptadas por las industrias del tabaco y el alcohol. Sin embargo, la industria del aceite de palma recibe, comparativamente, poco control", avisaron los autores del trabajo.

Las plantaciones de palma aceitera, principalmente en Malasia e Indonesia, cubren un área aproximadamente del tamaño de Nueva Zelanda, y se espera que la demanda crezca a medida que más países prohíban las grasas trans, algo que la OMS quiere prohibir a nivel mundial para 2023.

El 70 por ciento de las víctimas de trata de personas detectadas en todo el mundo son del género femenino. Una cifra cercana a la mitad son mujeres, mientas que las niñas representan un quinto de todos los afectados a nivel mundial y el porcentaje continúa aumentando, según se pone de manifiesto en el último informe de la Oficina de la ONU contra la Droga y el Delito (UNODC)

El 'Informe Global sobre Trata de Personas', elaborado a partir de 24.000 casos documentados entre 2014 y 2016 en 142 países esboza un escenario preocupante en el que se demuestra que los grupos armados están utilizando a la trata de personas como una estrategia para financiar sus actividades o incrementar su fuerza laboral en los conflictos armados alrededor del mundo. Dichos grupos también se dedican a la trata de personas adultas y de niños para explotarlos en actividades de minería y otras industrias de extracción, así como para infundir miedo para controlar a la población local, según se refleja en el documento.
Según se constata, en las zonas de conflicto, la trata de personas es perpetrada no sólo por los grupos armados, también por otros criminales quienes huyen del peligro y la persecución. Al respecto,  el informe resalta que las circunstancias generadas, o exacerbadas, por los conflictos armados, tales como el desplazamiento, el débil estado de derecho, las adversidades socio-económicas, la fragmentación social y la ruptura de las familias, incrementan la vulnerabilidad de las personas frente a la trata de personas.

El diario ‘El Correo’ ha publicado una información en la que el Dr. Jacinto Bátiz, director del Instituto para Cuidar Mejor Hospital San Juan de Dios de Santurtzi, y secretario de la Comisión Central de Deontología de la OMC, desgrana las novedades más importantes de la edición provisional del Código de Deontología Médica y explica que el nuevo texto recoge que la gestación por sustitución atenta contra la dignidad de la mujer

Tal y como expone la publicación, la OMC ha terminado de redactar el borrador de su nuevo Código Deontológico. El borrador se envió a todos los Colegios de Médicos provinciales para que lo hagan llegar a sus colegiados y éstos puedan realizar aportaciones. El nuevo texto, que actualizará la edición de 2011, busca adaptarse a los cambios sociales y a las innovaciones en la profesión.

Respecto a la maternidad subrogada o gestación por sustitución, el Código asume que “es contraria a la Deontología Médica por considerarla un atentado contra la dignidad de la mujer y al bien superior del menor”. El Dr. Bátiz apunta que “no es un acto completamente libre, sino mediatizado por una prestación económica que condiciona la decisión y su consentimiento. Por eso resulta inadmisible desde el punto de vista ético y deontológico”.

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