El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) alerta a los MIR de que el plazo para solicitar la Orden de Concesión para la expedición del Título de Especialista en Ciencias de la Salud concluye el 15 de marzo
El Ministerio de Ciencia se ha puesto en contacto con el CGCOM al detectar que todavía faltan muchos médicos especialistas que han finalizado su formación MIR en mayo de 2019 y que todavía no han solicitado la Orden de Concesión para la expedición del título de especialista en Ciencias de la Salud.
Desde 2014 la orden de concesión del título de especialista se realiza de manera telemática y hay que solicitarlo por internet y es obligación del residente solicitar su título de especialista cuando finalice el MIR.
El plazo para solicitar la Orden de Concesión termina el 15 de marzo de 2020 para los médicos especialistas que ha finalizado su formación en 2019. Una vez que los residentes han finalizado la formación y en la evaluación final han obtenido la calificación positiva es necesario obtener, en primer lugar, la Orden de concesión del título de especialista en Ciencias de la Salud.
La iniciación del trámite de la emisión de la Orden de concesión se producirá una vez que las Comisiones de Docencia hayan comunicado al Ministerio de Sanidad las evaluaciones finales para su inscripción en el Registro Nacional de Especialistas en Formación y este Ministerio, a su vez, lo haya notificado al Ministerio de Ciencia.
La Vocalía de Médicos Jóvenes y Promoción de Empleo del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) ha preparado un documento con los pasos a seguir para la obtención de Orden de concesión y Título de Especialista en Ciencias de la Salud, que presentó la representante nacional la Dra. Alicia Córdoba en el Pleno del CGCOM.
La solicitud se puede realizar desde el siguientes ENLACE.
Es muy importante que el estado de la solicitud quede “confirmada”. A partir de ese momento la solicitud pasa a ser revisada y en periodo de tiempo recibirá un correo electrónico donde se podrá descargar la orden de concesión.
FUENTE: medicosypacientes.com