La donación en asistolia ha incrementado la actividad de donación y trasplante en España. En la actualidad, el 28% de los donantes lo son en asistolia y uno de cada cinco trasplantes son posibles gracias a este tipo de donación, según quedó expuesto en el VI Congreso de Deontología Médica, celebrado en Badajoz.  Los expertos coincidieron en la necesidad de orientar los cuidados intensivos hacia la donación y de que ésta forme parte de los cuidados al final de la vida

En la mesa ‘Etica y deontología en la donación en asistolia’, que estuvo moderada por el Dr. Luis López Sánchez, coordinador autonómico de Trasplantes de Extremadura, intervinieron el Dr. Juan José Rubio Muñoz, coordinador de Trasplantes del H.U. Puerta de Hierro de Madrid; José Luis López del Moral Echeverria, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria; el Dr. José Miguel Pérez Villares, coordinador Sectorial de Trasplantes de Granada y la Dra. Beatriz Domínguez-Gil González, directora general de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).

Beatriz Domínguez-Gil, directora de la ONT, explicó que “la donación en asistolia se produce a partir de personas que fallecen por una parada cardiorrespiratoria y es un proceso relativamente nuevo en España, pero gracias al esfuerzo realizado en los últimos años a nivel normativo, por parte de los profesionales sanitarios y de información a la ciudadanía, ha permitido aumentar el número de donantes y de trasplantes”.


La directora de la ONT expuso que, a día de hoy, uno de cada tres donantes en nuestro país lo es en asistolia y uno de cada cinco trasplantes se realizan con órganos procedentes de donantes en asistolia. El aspecto más importante de este tipo de donación es que “nos ha permitido que pacientes que fallecen en determinadas circunstancias puedan ser donantes de órganos y contribuir a ayudar a otros pacientes, si esto era coherente con sus valores, sus preferencias y principios”.  Domínguez-Gil destacó que “a pesar del aumento en la actividad de donación en asistolia controlada, no se ha observado un descenso de donación en muerte encefálica”. Añadió que los resultados obtenidos con el trasplante de órganos de donación en asistolia son adecuados y que “la perfusión abdominal normotérmica con dispositivo ECMO parece contribuir a mejorar sustancialmente estos resultados”.

Domínguez-Gil detalló la importancia de orientar los cuidados intensivos hacia la donación. En el inicio o la continuación de cuidados intensivos, desde el ingreso en UCI, intubación orotraqueal y ventilación mecánica, soporte vasoactivo en pacientes con daño cerebral catastrófico, con riesgo inminente de fallecimiento por causa neurológica, en los que se ha desestimado tratamiento médico o quirúrgico con intencionalidad curativa por criterios de futilidad, que son  considerados posibles donantes con el objetivo de incorporar la opción de la donación de órganos en sus cuidados de final de vida. Concluyó que “la donación ha de formar parte integral de los cuidados al final de la vida”.

Por su parte, el Dr. Juan José Rubio Muñoz, incidió en que “el intensivista debe incorporar en su práctica diaria la idea de evitar la obstinación terapéutica y retirar o adecuar el soporte vital de sus pacientes si está justificado”. También comentó que “la limitación del tratamiento de soporte vital no es más que una de las actuaciones del profesional dentro de los cuidados al final de la vida del paciente crítico”.

Se mostró partidario de “procurar la muerte digna de nuestros pacientes dedicándoles tiempo, diálogo y compañía” y recordó que “la atención de los familiares forma parte del médico, que no terminan con el fallecimiento del enfermo”.

El Dr. José Miguel Pérez Villares hizo referencia a lo que establece la Clasificación de Maastricht y específicamente al tipo III en los que no hay indicación de RCP, bien porque el paciente tenga un daño neurológico severo con retirada de soporte vital o bien porque no quiere ser RCP.

Este procedimiento es acorde a lo que establece el Código de Deontología Médica, en diversos artículos del actual Código y más concretamente con el artículo 36. Y en referencia a la Limitación o adecuación del esfuerzo terapéutico está en consonancia con el artículo 38 del CDM. En lo referente al rechazo al tratamiento que se puede plantear en estos asuntos de donación y trasplantes, el CDM en su artículo 9, 12 y 15 se establecen la conducta a seguir en estos casos.

Coincidió a la hora de señalar que “la donación de órganos forma parte de los cuidados al final de la vida” y subrayó que “la limitación del esfuerzo terapéutico se basa en la futilidad, por lo tanto, en el principio de no maleficencia, y corresponde al médico”, mientras que “el rechazo de tratamiento se basa en el principio de autonomía y corresponde al paciente con sus representantes”.  

Por último, el magistrado Del Moral Echeverría señaló que “la legislación sobre extracción y trasplante de órganos se inspira en los principios básicos de la bioética: autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia”. La donación en asistolia está expresamente regulada en España desde 1999 y los criterios de determinación de la muerte, tanto si es diagnosticada por cese irreversible de funciones cerebrales, como si lo es por cese irreversible de las funciones respiratoria y circulatoria, “se basan en exigencias éticas, en los avances científicos y en la práctica médica generalmente aceptada”.

La decisión de adecuar el tratamiento de soporte vital en supuestos de donación en asistolia controlada es independientes y autónoma respecto del proceso de donación, “fundándose exclusivamente en razones éticas y medicamente justificables, de acuerdo con las recomendaciones publicadas por las sociedades científicas competentes”, concluyó el magistrado.

FUENTE: medicosypacientes.com


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