El Boletín Oficial del Estado ha publicado el extracto de la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2019

En esta convocatoria están incluidos, también, los proyectos de Educación para el desarrollo en España.
 
Las subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos en materia de cooperación internacional para el desarrollo que realicen las ONGD en colaboración con la política de cooperación española en temas como cultura y desarrollo, desarrollo rural, seguridad alimentaria y nutrición, educación, salud, objetivos de desarrollo sostenible, gobernabilidad democrática, género y educación y sensibilidad para el desarrollo.


Se entiende por proyecto de cooperación para el desarrollo el conjunto de acciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo en un único país pudiendo alcanzar la actuación las áreas o sectores priorizados en la convocatoria que sean necesarios para la consecución de ese objetivo.
 
Podrán optar a estas ayudas las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo inscritas en el Registro de la AECID en la fecha de la publicación en el BOE y las agrupaciones de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo sin personalidad jurídica, siempre que cada uno de sus miembros reúna por sí mismo los requisitos exigidos para su concurrencia individual.
 
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir de las 13.00 horas del día siguiente a la publicación y finalizará a las 13 horas del jueves 9 de mayo (hora peninsular española) y se realizará mediante la cumplimentación y envío del formulario de solicitud accesible desde la sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es), de forma telemática y una vez firmada por el representante de la entidad mediante firma digital.
 
La convocatoria se financiará con cargo a los créditos del capítulo 4 del programa 12.302.143A.484 de los Presupuestos Generales del Estado, por un importe de 100.000 euros, ampliables hasta en 22.000.000 euros adicionales. La subvención máxima por proyecto no podrá ser superior a los 450.000 euros.
 
Acceso a bases en el BOE en: https://www.boe.es/boe/dias/2019/03/29/pdfs/BOE-B-2019-13505.pdf

FUENTE: medicosypacientes.com


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