La Abogada del Ilustre Colegio de Médicos de ZAMORA , Dña. Mª Jesús Alonso Cerezal, ha presentado múltiples demandas de los colegiados jubilados durante el periodo comprendido entre enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021, a los que tanto el INSS como Clases Pasivas, no les aplicó el Complemento por Maternidad que si se lo reconocía a las mujeres jubiladas.

Las demandas han sido estimadas, tanto por los Juzgados de lo Social, en el caso de los médicos jubilados sujetos al Régimen General de la S.S, como por el Tribunal Superior de Justicia de lo Contencioso-Administrativo de Madrid y el Tribunal Supremo, jurisdicción competente, en el caso de los médicos que se regían por el Régimen de Clases Pasivas.

Si bien las primeras sentencias de los Juzgados de lo Social únicamente reconocían efectos retroactivos desde los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud del derecho al complemento, posteriormente fueron apareciendo sentencias de distintos Tribunales Superiores de Justicia de otras Comunidades Autónomas que reconocían unos efectos retroactivos desde la fecha de la jubilación.

Finalmente, ha sido el Pleno de la Sala de lo Social de Tribunal Supremo quién ha dicho la última palabra reconociendo los efectos retroactivos del pago del complemento desde la fecha de la jubilación, al igual que a las mujeres jubiladas.​El Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo, ha reconocido igualmente para los jubilados de Clases Pasivas el derecho al percibo del
citado complemento con efectos retroactivos de cuatro años para atrás.

El importe del complemento es de 5% si se han tenido 2 hijos; el 10% si se han tenido 3 hijos y el 15% con 4 o más hijos.
En las pensiones máximas, el % se reduce en un 50%.
Es un complemento que se suma a la pensión de jubilación, se percibe en 14 pagas y es para toda la vida.


COOKIES

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios mediante el análisis de sus hábitos de navegación.