El Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada ha presentado un informe con datos actualizados de la jubilación del médico en 2021 en el que se expone la pérdida de ingresos que les supondrá a los facultativos jubilarse en este año que ha comenzado y los requisitos para poder hacerlo tanto para los que cumplen la edad fijada, como para aquellos que quieran acogerse a la jubilación voluntaria anticipada.
El informe dirigido por el Dr. Vicente Matas, Vocal Nacional de Atención Primaria Urbana de la Organización Médica Colegial (OMC) destaca que lo primero que tienen que saber todos aquellos que vayan a jubilarse o pretendan hacerlo es que, al jubilarse perderán mucho con relación a lo que vienen cobrando en activo, sobre todo si aún realizan guardias.
Esto sucede porque, aunque la inmensa mayoría cotizamos por el tipo máximo en el régimen general para el grupo 1 (Ingenieros y Licenciados) que para el año 2021 es de 4.070,10 euros/mes (este año y el año pasado no la ha subido el gobierno), doce meses al año (se prorratean las extras), hay una parte importante de la nómina, sobre todo si se hacen guardias, por la que no se cotiza y por tanto no genera derechos. Además, a la hora de cobrar la pensión existe, desde la crisis del petróleo de los años 70, un tope máximo de pensión en España que en el año 2021 es 2.707,49 euros brutos mensuales (14 pagas) en total 37.904,96 euros brutos anuales.
Muy posiblemente este tope de pensión no se suprimirá por el gobierno cuando suprima el tope de la cotización, como han advertido en alguna ocasión, con lo que los médicos cotizaremos más sin percibir mayor pensión. Solo en algún caso excepcional podrá beneficiar a algún médico con pocos años cotizados. Los médicos, con las guardias, trabajan en 30 años el equivalente a 40 años o más de jornada ordinaria de otras categorías o de los médicos que no hacen guardias. Ya es hora de que esto se tenga en cuenta a la hora de la jubilación. Esto merece un tratamiento especial aplicando un factor de corrección en los años cotizados, como en otras profesiones con penosidad, peligrosidad, responsabilidad y exigencias similares, en este caso con mayor razón al tener además muchas más horas adicionales trabajadas.
En el año 2021 para acceder a la jubilación ordinaria por edad, en el régimen general se necesita:
• Tener cumplidos los 65 años si se tienen cotizados 37 años y tres meses o más. Si no cumplen los requisitos deben ponerse en contacto con el servicio de personal, tres meses antes de cumplir los 65 años, para advertir que no cumplen los requisitos, pues la Administración generalmente comienza los trámites de jubilación de oficio.
• Tener cumplidos 66 años con menos tiempo cotizado. Estos requisitos se incrementan cada año hasta llegar al año 2027 en el que para jubilarse con 65 años son necesarios 38 años y seis meses o más cotizados y en caso contrario la jubilación es a los 67 años.
• Un mínimo de 15 años cotizados (5.475 días), y 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
En el año 2021 para hacer los cálculos se utilizan las bases de cotización de los últimos 24 años (288 meses) y se dividen por 336 (así convierten las bases que se abonan en 12 pagas en bases de 14 pagas), el resultado de la operación es la base reguladora. Las bases de cotización que se utilizan se irán incrementando y en el año 2022 serán las de los últimos 25 años (300 meses y se dividen por 350). Es intención del gobierno ampliar hasta los 35 últimos años cotizados, lo que implicará un nuevo recorte del 6% aproximadamente para las nuevas pensiones reconocidas.
Para un médico que en los últimos 24 años ha cotizado en el tope máximo, la base reguladora será de 1.045.319,52/336=3.111,07 €, una vez hechas las operaciones anteriores. Puede variar según el mes.
La pensión se calcula mediante un porcentaje sobre la base reguladora, este porcentaje es variable en función de los años de cotización, aplicándose una escala que comienza con el 50% a los 15 años y se incrementa hasta llegar al 100% en los siguientes periodos:
• Con 35,5 años cotizados entre los años 2013 a 2019.
• Con 36 años cotizados entre los años 2020 y 2022. Es el que afecta este año.
• Con 36,5 años cotizados entre los años 2023 y 2026.
• Con 37 años cotizados después del año 2027.
Cada vez será más complicado, llegar hasta el 100% de la base reguladora, se necesitarán más años cotizados, lo que lleva implícita una rebaja de la pensión inicial reconocida, aunque en el caso de los médicos al cotizar por encima de los importes de la pensión máxima, a la mayoría no les afectará.
Si cumple los requisitos de tiempo anteriores, para llegar al 100% de la base reguladora, le correspondería por las cotizaciones que ha realizado, una pensión de jubilación de 3.111,07 euros brutos al mes, en catorce pagas (43.554,98 euros brutos/año), pero por desgracia le afecta el tope máximo y la pensión que percibirá será de 2.707,49 euros brutos mensuales (14 pagas) en total 37.904,86 euros brutos anuales. Pueden existir pequeñas diferencias según el mes en el que se produce la jubilación, los cálculos son individuales. Pero esas cantidades son brutas y una vez aplicado una retención aproximada del 20%, el importe neto se queda en unos 2.166 euros/mes. Se cotiza por más de lo que se puedes finalmente recibir, en este ejemplo recibe 403,58 euros menos al mes de lo que le corresponde por lo que ha cotizado lo que suponen 5.659,12 euros menos al año. Está pensión reconocida en caso de fallecimiento y puede dar lugar a una pensión de viudedad, y beneficiar al viudo/a, pues los cálculos para esta pensión se hacen con la pensión reconocida y no con la que se cobra aplicando el tope. Se calcula con un porcentaje sobre la base reguladora que es de forma general el 52% y en determinadas condiciones el 60% y el 70% cumpliendo otros requisitos. En el caso de mujeres con hijos hay derecho a complemento de maternidad 5% en el caso de dos hijos, del 10% con tres hijos y del 15% en el caso de cuatro o más hijos.
Los médicos y todos los trabajadores que perciben sueldos por encima de la base de cotización máxima sufren importantes pérdidas retributivas con la jubilación. En concreto para los médicos superan el 35% en casi todos los casos y más del 50% en muchos casos, especialmente para los que hacen guardias.
Por el contrario, aquellos trabajadores que perciben sueldos brutos por debajo de la base máxima de cotización, en general apenas sufren pérdidas o estas son pequeñas con relación al derecho generado y con relación a los sueldos brutos percibidos en activo. Aunque poco a poco también les van afectando los recortes introducidos en los cálculos por la Ley 27/2011, del Gobierno del presidente Rodriguez Zapatero publicada en el BOE el 2 de agosto de 2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. También le afectarán los recortes previstos para el futuro próximo.
FUENTE: medicosypacientes.com